Viernes no laborable: cómo se paga a quienes trabajan 

Viernes no laborable: cómo se paga a quienes trabajan 

Tras el feriado nacional por 9 de Julio, el Gobierno dispuso un día no laborable con fines turísticos para este viernes, una medida que permitirá conformar un fin de semana largo de cuatro días para quienes no deban trabajar.

A diferencia del feriado nacional del jueves por el Día de la Independencia, este viernes 10 tiene un tratamiento distinto desde el punto de vista laboral y salarial. La principal diferencia radica en que el descanso no es obligatorio para el sector privado y la forma de pago cambia según la decisión del empleador.

En los días no laborables, la decisión de trabajar o no queda a criterio del empleador.

Esto significa que pueden darse dos situaciones:

– Si la empresa decide trabajar, el empleado debe prestar tareas y cobra su salario habitual, sin ningún adicional.

– Si la empresa decide no abrir, el trabajador también percibe su remuneración normal, sin descuentos.

A diferencia de los feriados nacionales, no corresponde el pago doble para quienes trabajen durante un día no laborable.

El jueves 9 de Julio sí fue un feriado nacional inamovible, por lo que se aplica el régimen previsto en la Ley de Contrato de Trabajo.

En ese caso, quienes sean convocados a trabajar deben percibir el doble de la remuneración habitual por esa jornada. La normativa equipara el tratamiento salarial de los feriados nacionales al de un domingo trabajado.

En materia bancaria, las entidades no atenderán al público el viernes, tal y cómo sucedió el jueves. Sin embargo, los usuarios podrán realizar consultas, transferencias, pagos y otras operaciones a través del home banking y las aplicaciones móviles. También permanecerán habilitados los cajeros automáticos, las terminales de autoservicio para extracción y depósito de efectivo, depósito de cheques y otras gestiones, además del servicio de retiro de dinero en efectivo en comercios adheridos con tarjeta de débito.

Las operaciones electrónicas y los canales de atención remota funcionarán con normalidad, aunque algunas líneas telefónicas de asesoramiento tendrán horarios especiales.

Los feriados que quedan del 2026

Agosto

Lunes 17: Paso a la Inmortalidad de José de San Martín (feriado trasladable)

Septiembre

Si bien este mes no feriados nacionales, en Entre Ríos es feriado el 29 de septiembre por el día de San Miguel Arcángel, patrono de la provincia. Además el 11 y el 21 de septiembre no hay actividad en las escuelas por el día del maestro y del estudiante. Referenciageográfica

Octubre

Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)

Noviembre

Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (trasladado desde el 20)

Diciembre

Lunes 7: Día no laborable con fines turísticos

Martes 8: Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)

Viernes 25: Navidad (feriado inamovible) Fuente: El Once

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