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Nuevo “IFE”: cuándo vence el plazo para inscribirse y los requisitos a cumplir

Tras la oficialización del beneficio

Esta semana, el gobierno reglamentó el beneficio y dio a conocer los detalles. Con el transcurrir de las horas, a muchos beneficiarios les surgió la duda acerca del plazo límite para anotarse. ¿Cuál es la fecha estipulada?.
El Gobierno oficializó esta semana el pago de un bono de $94.000 a trabajadores informales y detalló cómo deberán gestionarlo quienes busquen acceder a ese beneficio. La decisión se formalizó por medio del decreto 493/2023.
Para poder cobrar este bono no hace falta ir a ningún lugar físico, ya que se depositará en una cuenta bancaria. En Argentina todas las personas tienen derecho a una cuenta gratuita universal sin costos de apertura o mantenimiento.

Estas se identifican con una Clave Bancaria Uniforme (CBU), que los trabajadores informales deberán tener al momento de iniciar los trámites.

A partir de este decreto y ante las filas que se generaron para consultar sobre el tema en las distintas sedes de ANSES, hubo una duda que fue surgiendo: ¿hasta cuándo puedo anotarme?.

Los beneficiarios podrán inscribirse hasta el 31 de octubre, de 14 a 24, a través de la página web de Anses o en la app “mi Anses”.

Este refuerzo se cobrará en dos cuotas de 47.000 pesos en octubre y noviembre, y abarca un universo de entre 3 millones de personas.

Decreto 493/2023: REFUERZO PARA TRABAJADORES INFORMALES 

“Institúyese, con alcance nacional, un refuerzo para trabajadores informales como una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional, destinada a compensar la pérdida del poder adquisitivo de ingresos de personas sin ingresos formales y/o en situación de vulnerabilidad socioeconómica, particularmente afectadas por la situación de aceleración del nivel general de precios”, señaló el texto oficial.

Según lo dispuesto, el bono será otorgado a personas que se encuentren en “situación de extrema vulnerabilidad, sobre la base de los criterios objetivos establecidos en el presente decreto y en las normas complementarias y aclaratorias que se dicten para tal fin”.

Para acceder al cobro, las personas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
— Ser argentinas o nativas, por opción o naturalizadas, o extranjeras, estas últimas con una residencia no inferior a dos años anteriores a la fecha que se establezca en la normativa complementaria; debiendo todas ellas habitar en el territorio de la República Argentina durante todo el período citado.
— Tener 18 años de edad o más y no haber cumplido los 65 años l 30 de septiembre de 2023.
— Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial. Las condiciones objetivas de la situación económica y patrimonial indicada serán establecidas por la normativa complementaria.
— Completar la solicitud, de conformidad con lo establecido en la normativa complementaria correspondiente.

Además, quienes soliciten el refuerzo no deberán encontrarse:
— Percibiendo ingresos formales de ningún tipo.
— Bajo relación de dependencia registrada en el Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Sector Privado.
— Inscripta en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes ni en el el Régimen de Autónomos.
— Como titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas, prestaciones de la seguridad social, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
— Incluida en el Sistema de Servicios de Salud, conforme lo establezca la AFIP.
— Registrada como activa en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares.
— Como titular de Prestación por Desempleo, Programas de Empleo o Planes Sociales.
— Privada de la libertad, bajo cualquier modalidad.
— Como persona que tiene a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de alguna de las prestaciones establecidas por el Régimen de Asignaciones Familiares, considerándose también, en igual medida, a la otra persona integrante del grupo familiar.
— Percibiendo ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, o de la Asignación por Embarazo para Protección Social, o del Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROGRESAR), o del Programa Nacional de Inclusión Socioproductiva y Desarrollo Local “Potenciar Trabajo”.

En tanto, las personas de entre 18 y 24 años podrán acceder al bono cuando el grupo familiar supere la evaluación socioeconómica que se establezca a tal efecto en la normativa complementaria.

El Poder Ejecutivo estableció también que el beneficio deberá solicitarse ante la ANSeS, y que ésta realizará intercambios de información con aquellas bases de datos que administran los organismos competentes en las materias específicas y vinculadas al cumplimiento de los requisitos, y establecerá las normas aclaratorias y complementarias que resultaren necesarias para la administración, otorgamiento, pago, control y supervisión.

Para el Gobierno, “resulta imprescindible abordar una medida que acompañe a los sectores informales sin ingresos que no se vieron beneficiados por diferentes acciones, de manera de ayudarlos a sortear el aceleramiento de precios y el abrupto encarecimiento del costo de vida”. Fuente: El Once

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