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Deberán cobrar doble los empleados de comercio que trabajen los días 24, 25 y 31

Por las Fiestas

“Al empleado de comercio que trabaje los días 24, 25 y 31 se le debe pagar doble, pero no tiene la obligación de trabajar el 25 de diciembre y el 1º de enero”, se comunicó. Instan a hacer las compras con anticipación.

Desde el Sindicato de Empleados de Comercio de Paraná informaron cómo deberán cobrar los trabajadores del sector que presten servicio durante las Fiestas. También se recomendó a la clientela realizar sus compras con anticipación, y no a último momento.

“Al empleado de comercio que trabaje los días 24, 25 y 31 se le debe pagar doble, pero no tiene la obligación de trabajar el 25 de diciembre y el 1º de enero”, comunicó a Elonce el secretario de Asuntos Gremiales, Mario Marsilla.

Y agregó: “Por convenio, tratamos que las sucursales de las grandes cadenas trabajen hasta las 18 y pedimos que el comercio minorista cierre a las 20, porque a partir de las 21 todos queremos estar en nuestros hogares esperando a que llegue la Navidad para poder pasar en familia, como cualquier otro empleado”. Fuente: El Once

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